25.6.15

La Justicia ordenó al Gobierno de Salta a restituir la pauta a "Nueva Propuesta" y a regular la distribución de la publicidad oficial




La Justicia de Salta ordenó al Gobierno de la Provincia a restituir la pauta oficial que oportunamente había otorgado al Semanario "Nueva Propuesta" y al programa televisivo "Viaje de Pesca" y exhortó a sus autoridades a dictar una norma general que regule el reparto objetivo y transparente de la publicidad oficial a fin de garantizar la libertad de prensa contra "actos que directa o indirectamente puedan afectarla."


La sentencia fue dictada por la Dra. Bibiana Acuña, jueza a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial de 10ª Nominación, en el marco de la acción de amparo interpuesta por los periodistas Juan Gonza y Juan Gonza (h).


Poder Ciudadano, Capítulo Argentino de Transparencia Internacional, participó en la causa como amicus curiae.

 

El "Caso Gonza"



Cabe recordar que a través de esa acción judicial patrocinada por los abogados Alejandra Gonza, Luis Gonza y Gonzalo Guzmán Coraita, los periodistas Juan Gonza y Juan Gonza (h) denunciaron al Gobierno de la Provincia de Salta por la suspensión, reducción y posterior retiro total de la publicidad oficial a sus medios y por omitir regular la distribución de la publicidad oficial, bajo criterios objetivos, equitativos y transparentes.

La Sentencia



En su sentencia, la Jueza, tuvo por acreditado que el Gobierno de la Provincia contrató publicidad con el semanario "Nueva Propuesta" y con el programa de televisión "Viaje de Pesca" y que con posterioridad, sin razón que lo justifique, la retiró.

La jueza en su sentencia ordenó que en un plazo de quince días  se incluya a esos medios en un esquema de distribución de la publicidad oficial que respete estándares de equidad.
Para así resolver, la Dra. Acuña, siguiendo precedentes de la Corte Suprema de Justicia Nacional, afirmó que:

"La primera opción para un Estado es dar o no publicidad, y esa decisión permanece dentro del ámbito de la discrecionalidad estatal, pero si decide darla, debe hacerlo cumpliendo dos criterios constitucionales: 1) No puede manipular la publicidad, dándola y retirándola a algunos medios en base a criterios discriminatorios; 2) no puede utilizar la publicidad como un modo directo de afectar la libertad de expresión."

 

La obligación de regular la distibución de la publicidad oficial


En su sentencia, la Dra. Acuña exhortó al Poder Ejecutivo de la Provincia a dictar una norma de carácter general que regule de manera objetiva y transparente la distribución de la publicidad oficial, ello a fin de garantizar  la libertad de prensa contra "actos que directa o indirectamente puedan afectarla."
En ese marco, ordenó también que se libre oficio al Poder Legislativo a fin de que tome la intervención que le corresponde.

El "Caso Gonza" y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos


Sobre el caso "Gonza", la Relatoría sobre Libertad de Expresión recordó en su Informe de 2.014 que no se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos y que la asignación arbitraria y discriminatoria de la publicidad oficial con el objetivo de presionar y castigar o premiar y privilegiar a los comunicadores sociales y a los medios de comunicación en función de sus líneas informativas, atentan contra la libertad de expresión y deben estar expresamente prohibidas por la ley.




Seguiremos informando.


El fallo completo puede consultarse aquí:


Ordenan a la Provincia de Salta restaurar la publicidad oficial a dos medios periodísticos


14.6.15

Escasa participación de los jóvenes de 16 y 17 años en las elecciones provinciales de Salta

Crédito: La Nación



De los 19.731 ciudadanos de 16 y 17 años de edad habilitados para votar en las elecciones provinciales de 2.015, sólo participaron 10.429.

Así surge de la información del Tribunal Electoral de la Provincia de Salta a la que tuvimos acceso.

Las estadísticas corresponden a las PASO Provinciales llevadas a cabo en abril de 2.015 y revelan una baja aceptación por parte de los jóvenes de 16 y 17 años a participar en las elecciones. 

Cabe recordar que de acuerdo a la legislación vigente para los jóvenes menores de 18, el voto no es obligatorio.

El "voto joven" fue introducido en nuestro sistema electoral a fines de 2.012.-


7.6.15

Los periodistas y el mandato informativo






Los periodistas y el mandato informativo (*)

Recibí en estos días la generosa invitación de Juan Gonza, el director del Semanario Nueva Propuesta, para escribir unas líneas por el Día del Periodista. Un verdadero halago, un desafío, y una gran oportunidad para volcar al papel algunas reflexiones que la situación del periodismo en Salta me ha despertado.

El derecho a la información

El derecho a la información es un derecho humano, hoy reconocido como tal por diversos Tratados y Convenciones y por nuestras Constituciones Nacional y Provincial.
Es un derecho del cual somos todos titulares, independientemente de nuestra condición, edad, profesión y nacionalidad.
El derecho a la información es complejo, comprende tres facultades: La de buscar o investigar,  la de difundir y la de recibir información.
Podemos preguntarnos entonces, ¿qué papel juegan los periodistas?, si entendemos que el derecho a la información es un derecho que nos pertenece a todos.
Carlos Soria, profesor de la Universidad de Navarra, a quién seguimos en este punto, avanza aún más y se pregunta sino caminamos acaso hacia una sociedad sin periodistas.

El deber de informar

La respuesta es no. Soria, siguiendo a otros autores, lo explica así:
En la realidad, el público carece de tiempo, de organización,  de medios materiales y de capacidad para ejercitar dos de las tres facultades que integran el derecho a la información: la facultad de investigar y la facultad de difundir información. Por ello, y para gozar plenamente de su derecho a la información, deberá delegar esas facultades (la de investigar y difundir información) en personas u organizaciones que asumen el deber de hacerlo.
Los periodistas son pues, por mandato o delegación de la sociedad, titulares del deber de informar.
El mandato que los periodistas recibieron de la sociedad es muy delicado y trascendente. Ellos son, como señala Martínez Albertos, “administradores y gerentes del derecho humano a la información.”

La situación en Salta (y en nuestro país)

Nos preguntamos si los periodistas son conscientes del mandato informativo que recibieron de todos nosotros, la sociedad. Nos preguntamos también, si los Gobiernos (Provincial y Municipal) son conscientes del papel que cumplen o están llamados a cumplir los periodistas.
Me inclino a pensar que no. Es cierto que hay periodistas en nuestra Provincia que a diario ejercen con valentía y ejemplaridad el mandato que de la sociedad recibieron, y buscan la información y la difunden, cueste lo que cueste. Pero son la minoría.
Abundan los periodistas que por haberse olvidado (por comodidad, ánimo de lucro o necesidad)  de ese mandato, no merecen ser llamados como tales.
Los vemos a diario, y cada vez en mayor número. No buscan la información, sólo se limitan a receptar partes de prensa y a difundirlos mecánicamente, o bien se limitan a abrir sus micrófonos para realizar entrevistas de cortesía en las que están ausentes las preguntas necesarias o las repreguntas.  No les interesa informar. Han desertado de su deber, su función se limita a formar parte del aparato propagandístico del gobierno de turno que los sostiene económicamente.
Esta connivencia entre estos “mercenarios” o “traficantes de la pauta oficial” y los gobiernos debe terminar, si queremos una sociedad realmente libre y democrática.
Para garantizar el derecho a la información es necesario que el Estado establezca las condiciones necesarias para que los periodistas puedan hacer periodismo.
La plena aplicación de la Ley de Medios, la regulación de la publicidad oficial son medidas que deben adoptarse con urgencia si queremos lograr ese estado de cosas. Y eso es tarea de todos. Solo de esa manera podremos garantizar que los periodistas cumplan sin interferencias su mandato informativo.


(*) Esta nota de opinión fue publicada por el semanario "Nueva Propuesta" en su edición del 5 de junio de 2.015
Seguiremos informando.



5.6.15

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos cuestionó el reparto arbitrario de la publicidad oficial en Salta

Juan Pablo Rodríguez - Ex Secretario de Comunicación y actual Ministro de Gobierno de la Prov, de Salta


La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), publicó recientemente su Informe Anual sobre la situación de la Libertad de Expresión en 2.014 en nuestro Región. 

Respecto a la Argentina relevó una serie de casos que atentan contra la libertad de expresión, tales como agresiones, amenazas, intimidaciones y ataques contra periodistas y medios de comunicación; persecución judicial contra periodistas; declaraciones estigmatizantes hacia periodistas por partes de funcionarios del Gobierno Nacional; interceptaciones y espionaje; censura de material periodístico, etc.

Respecto de la Publicidad Oficial, la Relatoría relevó en su informe dos casos que podrían constituir el ejercicio de censura indirecta y que por lo tanto podrían comprometer la responsabilidad del Estado Argentino.

El primero de ellos tiene que ver con el programa "Fútbol Para Todos", y la investigación abierta contra funcionarios nacionales acusados del delito de malversación de caudales públicos.

El segundo caso relevado por la Comisión Interamericana involucra al Gobierno de la Provincia de Salta y a su gestión en el manejo de los recursos públicos destinados a publicidad oficial.

Se trata del caso  "GONZA Juan c/ Poder Ejecutivo de la Provincia" que actualmente tramita en los tribunales de nuestra Provincia.


Censura Indirecta en Salta 


A través de una acción judicial patrocinada por los abogados Alejandra Gonza, Luis Gonza y Gonzalo Guzmán Coraita, los periodistas  Juan Gonza y Juan Gonza (h) denunciaron al Gobierno de la Provincia de Salta por la suspensión, reducción y posterior retiro total de la publicidad oficial a sus medios y por omitir regular la distribución de la publicidad oficial, bajo criterios objetivos, equitativos y transparentes.

Sobre este caso, la Relatoría recordó en su Informe que no se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos y que la asignación arbitraria y discriminatoria de la publicidad oficial con el objetivo de presionar y castigar o premiar y privilegiar a los comunicadores sociales y a los medios de comunicación en función de sus líneas informativas, atentan contra la libertad de expresión y deben estar expresamente prohibidas por la ley.

El informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de CIDH puede consultarse aquí.


Seguiremos informando. 


                                                          


2.6.15

Acción judicial contra los superpoderes de Urtubey


Carlos Parodi - Juan Manuel Urtubey


El Diputado Carlos Zapata y el abogado Roque Rueda solicitaron a la Corte Provincial que declare inconstitucional un decreto dictado por Urtubey en ejercicio de los llamados “superpoderes” presupuestarios, por los que se permite al Gobernador modificar el Presupuesto sin pasar por la Legislatura.

La recurrente justificación de este apartamiento de las normas constitucionales que rigen el presupuesto es la supuesta necesidad de actuar con agilidad durante el ejercicio anual.

Por el decreto 1349, dictado el 20 de abril de 2015, se incorporaron más de 200 millones de pesos, y se reasignaron partidas por más de 26 millones, pero en este caso con una particularidad: la incorporación y reasignación se hicieron respecto del Presupuesto 2012, un ejercicio vencido hace más de dos años.

En su demanda, patrocinada por el abogado Gonzalo Guzmán Coraita,  Zapata y Rueda manifiestan que con este tipo de utilización, los superpoderes terminan de destruir la institución presupuestaria, dado que se convierten en un instrumento de cosmética contable.


Si se convalida este mecanismo, argumentan, lo que se hace es simplemente aceptar que los funcionarios inferiores puedan gastar fondos públicos sin autorización presupuestaria, amparados en que años después un decreto del Gobernador los eximirá de responsabilidad.

(Parte de prensa)


Seguiremos informando.