16.7.14

Gastos Reservados: Pedir información pública es amedrentar a los funcionarios

Ricardo Villada, Presidente del Concejo Deliberante de la Ciudad de Salta

El viernes 11 el Presidente del Concejo Deliberante, Ricardo Villada, contestó la demanda de amparo que nos vimos obligados a interponer luego de varios pedidos infructuosos para que se nos brinde información sobre los subsidios del Concejo durante la presidencia del Concejal Rodríguez.


Se trata de un monto de aproximadamente 25 millones de pesos que se ejecutaron en los años 2012 y 2013 sin que se haya informado su destino.
Villada solicitó el rechazo del amparo, arguyendo que tiene como verdadero objetivo intentar por otro medio lo que oportunamente le fue negado a nuestro amigo el ex concejal Roque Rueda, quien actúa en este nuevo juicio como letrado patrocinante y quien oportunamente pidió que se declarase la inconstitucionalidad de la norma que eximía de rendir cuentas sobre los subsidios.
El argumento es por un lado inoficioso, dado que aún si fuese cierto ello no obstaría a que el Concejo tenga que mostrar la información que reviste naturaleza pública. Pero además es falso, dado que las acciones de Roque Rueda tenían otro objeto y versaron sobre los ejercicios 2010 y 2011.
Lo más curioso es que Villada argumenta que en realidad se busca amedrentar al Presidente del Concejo y a los Concejales, lo cual vendría a significar que pedir información pública es amenazar con usarla de algún modo. ¿Tan peligrosa es esa información? ¿Tan peligroso es decir quiénes recibieron esos 25 millones de pesos destinados a la ayuda social a los más carenciados?
Según Villada, sería una irresponsabilidad de su parte informar si existe o no la documentación, mientras se realice la auditoría externa que se ha dispuesto en el Concejo mediante Resolución. Extraño argumento, dado que si eventualmente no hubiera documentación tampoco habría auditoría posible.
Esta es, precisamente, la conclusión a la que arribaron los auditores internos del Tribunal de Cuentas (ojo, no sus vocales, que es otra cosa), cuando en la Cuenta del Ejercicio de 2013 indicaron expresamente que se abstenían de emitir opinión sobre la ejecución de la partida subsidios en el Concejo en virtud de la ausencia de documentación sobre la cual realizar los trabajos de auditoría.
Se entiende de este modo otro argumento raro de Villada:  que el amparo se trataría en realidad de una trampa por la que se busca que se diga judicialmente que la documentación respaldatoria no existe.
Villada acompañó voluminosa documentación (unas mil fojas) en la que, sin embargo, no hay ningún comprobante relacionado a los subsidios otorgados.
Lo que sí se adjuntó, mezclado entre tanta documentación inoficiosa, son cuatro Resoluciones de Presidencia (107/13, 76/13, 58/13 y 52/12) por las que el entonces presidente del Concejo, Tomás Rodríguez, aprueba 210 disposiciones  del entonces Secretario Administrativo, CPN Daniel Costa.
Las disposiciones fueron supuestamente dictadas por Costa en virtud de una delegación por la que el Secretario podía ejecutar la partida de subsidios.
Es decir, esas 210 disposiciones serían – a menos que las Resoluciones de Presidencia sean definitivamente falsas – los instrumentos legales de imputación a la partida Subsidios que venimos reclamando desde marzo.
Sin embargo, Villada - que acompañó más de 1000 fojas -  no acercó ni una de esas 210 disposiciones. Por eso hemos solicitado al Juez del amparo que se le ordene acompañar la documentación cuya existencia surge de las Resoluciones de Presidencia.
Seguiremos informando.

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